Grupo IRAM ha desarrollado un Canal y Procedimiento de Denuncias como complemento, reglamentación y parte integrante del Modelo de Prevención de Delitos (MPD), establecido conforme a la Ley Nº 20.393, sobre la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas; así como para promover e incentivar una conducta ajustada a los principios y valores éticos declarados en el Código de Ética y en el Reglamentos interno de Orden Higiene y Seguridad de cada una de las sociedades que conforman el Grupo (Clínica de Especialidades y Laboratorios S.A., Clínica de Especialidades Médicas Ltda. e Instituto de Radiomedicina Ltda.)
Recibir de manera anónima o identificada cualquier tipo de denuncia que transgreda el Código de Ética de Grupo IRAM, los delitos señalados en la Ley 20.393 y aquellas faltas que afecten la integridad de Grupo IRAM y sus filiales; así como definir el procedimiento, la investigación y la solución de dichas denuncias. Garantizar la realización de un análisis independiente, confidencial y sin represalias de cada denuncia, sin perjuicio de las acciones legales que pudieran corresponder en caso de delitos.
El siguiente procedimiento es aplicable para todo el Grupo IRAM y todas las personas naturales o jurídicas que se relacionen con el Grupo, entendiéndose como tal, entre otros: directores, trabajadores, asesores, proveedores y clientes. Este procedimiento sólo se debe utilizar cuando exista una sospecha fundada o certeza de ocurrencia de algún hecho que reporte transgresiones o puedan violar la Ley Nº 20.393, sobre la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, Normas de Conducta Ética y cualquier tema relacionado al incumplimiento regulatorio o de control interno.